lunes, 16 de mayo de 2016

TEMA 7: DERECHOS HUMANOS EMERGENTES

Los derechos humanos emergentes son derechos “nuevos, actualizados y en potencia”. La Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes es elaborada en el marco del Forum Universal de las Culturas de Barcelona en Septiembre en 2004 y aprobada en el Forum de Monterrey (México) en Noviembre de 2007. Estos pretenden traducir estas nuevas necesidades en nuevos derechos. 

Los derechos humanos emergentes son, por un lado, aquellos derechos que surgen ante la rápida y constante evolución de las sociedades globalizadas; y por otro, el conjunto de derechos que emergen tras haber permanecido “sumergidos” en la indiferencia.

¿Y cuál es el fin último de los Derechos Humanos Emergentes? ¿Qué pretende?


  •     Acabar con la dicotomía histórica en la que se han dividido los derechos humanos civiles, políticos, ecónomicos…

  •      Superar las contradicciones entre derechos colectivos e individuales

  • Una triple dimensión:


  1. Derechos Nuevos: A la renta básica, a una muerte digna, a migrar, y losrelacionados con la orientación sexual.
  2. Derechos ya contemplados: Nuevas interpretaciones: Derecho a la salud, a la asistencia sanitaria y a los medicamentos, Derecho a la educación, al saber y al conocimiento,  a la formación continuada e inclusiva y a la erradicación del analfabetismo. Ampliación de contenidos: Derecho a la seguridad vital, a la interculturalidad, y a la tutela de todas las manifestaciones de comunidad familiar.
  3.   Derechos Extendidos: Derecho al matrimonio homosexual, y Derecho al voto del inmigrante.


En estos derechos el principio de horizontalidad es el más importante (Evita establecer jerarquización alguna en los derechos humanos). El principio de inclusión social implica no solamente dar garantías de acceso a las oportunidades vitales que definen una ciudadanía social sino también ser aceptado como un miembro más de aquella sociedad.

Va más allá:

-       - Los valores de respeto a la dignidad del ser humano, libertad, justicia, igualdad, solidaridad, y el derecho de una existencia que permita desarrollar estándares uniformes de bienestar y de calidad de vida para todos.
-      - Exigencia de que la comunidad internacional y los poderes públicos estatales, regionales y locales, así como los agentes no gubernamentales, asuman un mayor protagonismo en la salvaguarda de los derechos humanos y libertades fundamentales para lograr un trato igualitario y la no discriminación.  

Diferencias entre la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y Declaración Universal de los Derechos Humanos Emergentes:
        
-   Declaración Universal de Derechos Humanos: 30 artículos.
-  Declaración Universal de Derechos Humanos Emergentes: Primera parte: Valores: dignidad, vida, igualdad…, Principios de seguridad humana, de no discriminación, de género…, Estructura formada por títulos y artículos: Título II Derecho a la democracia plural (Art. 5 Derecho a la democracia plural)


“Moraleja” de la Declaración de Derechos Humanos Emergentes: Viene a explicitar y poner de manifiesto cómo entendemos o como queremos que se entienda hoy, los valores fundamentales.



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