Los derechos humanos emergentes son
derechos “nuevos, actualizados y en potencia”. La Declaración
Universal de Derechos Humanos Emergentes es elaborada en el marco del Forum
Universal de las Culturas de Barcelona en Septiembre en 2004 y aprobada en el
Forum de Monterrey (México) en Noviembre de 2007. Estos pretenden traducir estas nuevas necesidades en
nuevos derechos.
Los derechos humanos emergentes son, por un lado, aquellos derechos que surgen ante la rápida
y constante evolución de las sociedades globalizadas; y por otro, el
conjunto de derechos que emergen tras haber permanecido “sumergidos” en la
indiferencia.
¿Y cuál
es el fin último de los Derechos Humanos Emergentes? ¿Qué pretende?
- Acabar con la dicotomía histórica en la que se han dividido los derechos humanos civiles, políticos, ecónomicos…
- Superar las contradicciones entre derechos colectivos e individuales
- Una triple dimensión:
- Derechos Nuevos: A la renta básica, a una muerte digna, a migrar, y losrelacionados con la orientación sexual.
- Derechos ya contemplados: Nuevas interpretaciones: Derecho a la salud, a la asistencia sanitaria y a los medicamentos, Derecho a la educación, al saber y al conocimiento, a la formación continuada e inclusiva y a la erradicación del analfabetismo. Ampliación de contenidos: Derecho a la seguridad vital, a la interculturalidad, y a la tutela de todas las manifestaciones de comunidad familiar.
- Derechos Extendidos: Derecho al matrimonio homosexual, y Derecho al voto del inmigrante.
En estos derechos el principio de horizontalidad
es el más importante (Evita establecer jerarquización alguna en los derechos
humanos). El principio de inclusión social
implica no solamente dar garantías de acceso a las oportunidades vitales que
definen una ciudadanía social sino también ser aceptado como un miembro más de
aquella sociedad.
Va más allá:
- - Los valores de respeto a la
dignidad del ser humano, libertad, justicia, igualdad, solidaridad, y el
derecho de una existencia que permita desarrollar estándares uniformes de
bienestar y de calidad de vida para todos.
- - Exigencia de que la comunidad
internacional y los poderes públicos estatales, regionales y locales, así como
los agentes no gubernamentales, asuman un mayor protagonismo en la salvaguarda
de los derechos humanos y libertades fundamentales para lograr un trato
igualitario y la no discriminación.
Diferencias entre la Declaración
Universal de los Derechos Humanos (1948) y Declaración Universal de los
Derechos Humanos Emergentes:
- Declaración Universal de
Derechos Humanos: 30 artículos.
- Declaración Universal de
Derechos Humanos Emergentes: Primera parte: Valores: dignidad, vida, igualdad…,
Principios de seguridad humana, de no discriminación, de género…, Estructura
formada por títulos y artículos: Título II Derecho a la democracia plural (Art.
5 Derecho a la democracia plural)
“Moraleja” de la Declaración de
Derechos Humanos Emergentes: Viene a explicitar y poner de manifiesto cómo
entendemos o como queremos que se entienda hoy, los valores fundamentales.
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